Trama de corrupción
El juez Puente ordena el análisis de los audios de Koldo en que se basan las acusaciones contra Santos Cerdán
En un auto el magistrado acuerda una pericial para comprobar si los archivos de audio contenidos en el informe de la UCO fueron manipulados, como insinúa la defensa

Archivo - El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, a su salida del Senado, a 22 de abril de 2024, en Madrid (España). / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha accedido a la petición del ex número tres del PSOE Santos Cerdán y le facilitará los audios intervenidos al exasesor Koldo García, en los que se basa la acusación reflejada en el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por la que fue enviado a prisión provisional. Además, ha ordenado al Departamento de Ingeniería Digital del Servicio de Criminalística (SECRIM) de la Guardia Civil que dos de sus especialistas los analicen para comprobar si han sido manipulados de alguna forma, como apunta la defensa.
El instructor del que se conocía como caso Koldo, al menos hasta que se produjo la imputación de Cerdán, señala que "no es posible, ni procedente en este momento, facilitar copia íntegra de la totalidad del material intervenido en dicho domicilio (petición a la que se han adherido el propio Koldo García y el empresario José Ruz), en la medida en que se desconoce aún su completo contenido, que no ha sido, en consecuencia, incorporado a la causa ni, naturalmente, tomado en cuenta en ningún sentido por el instructor".
Recuerda que la totalidad de los dispositivos intervenidos, que son los solicitados por la defensa del expolítico socialista, albergan una información que supera los 10 terabytes, que se plasmaría en 65 millones de páginas en caso de ser volcada por escrito. Pero la imposibilidad de facilitar tal cantidad de información no es incompatible con reducir la entrega a la contenida en el informe de la UCO.
Para garantizarla el magistrado ha fijado el día 23 para, "bajo la autoridad de la letrada de la Administración de Justicia y en condiciones que garanticen su autenticidad", proporcionar una "copia auténtica de la totalidad de los archivos de audio contenidos en tres teléfonos y la grabadora [intervenidos], únicos en este momento disponibles e identificados en los que se contienen los referidos archivos, dispositivos que serán presentados a este fin por la unidad policial actuante", señala la resolución. Esa copia se facilitará a todas las partes que lo soliciten.
Pericial
Con la pericial el juez pretende determinar, "en lo posible, si las conversaciones fueron grabadas directamente en los referidos terminales o si pudieran proceder de otros archivos de audio después grabados en aquellos", con el fin de "descartarse en términos de razonabilidad que hayan podido ser objeto de alguna clase de manipulación, corte o edición", precisa el magistrado. La prueba, de la que se encargará el Departamento de Ingeniería Digital del Servicio de Criminalística (SECRIM) de la Guardia Civil, será presentada en la causa especial "a la mayor brevedad posible".
El auto rechaza el resto de diligencias propuestas por la defensa de Cerdán al considerarlas "inútiles o perjudiciales". Entre ellas, las relativas a requerir la Dirección General de la Guardia Civil todas las colaboraciones que el exasesor del exministro José Luis Ábalos hubiera podido realizar entre 2018 y 2024. Para el juez “en nada contribuirá a la determinación” del objeto de la investigación “conocer el número de oportunidades en las que Koldo García hubiera podido realizar [...] cualquier clase de colaboración con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado (en particular, con la Guardia Civil), en relación con qué concretos asuntos (siendo claro que no con respecto al que ahora importa) y protagonizando qué particulares conductas”.
Tampoco acepta la petición de que se solicite al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional que remita la totalidad de las diligencias que se siguen allí en la causa que dio origen a la del Supremo, porque se trata de dos procedimientos que, aunque presenten cierto vínculo, tienen, sin embargo, un objeto distinto, tanto por lo que se refiere a los hechos que en uno y otro se investigan como por lo relativo a las personas que, en cada caso, tienen en ellos el estatus de investigado.
"Es claro que el abigarramiento que se produciría, sin fundamento material alguno, en uno y otro procedimiento, si se hubieran de unir recíprocamente las actuaciones practicadas en uno al otro, solo dilaciones y amontonamiento desordenado de diligencias ajenas por completo a la presente causa especial provocarían", advierte el magistrado, que propone a Cerdán que se dirija a la Audiencia Nacional si quiere personarse también allí.
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